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Derecho público chileno

DictamenN° 40.287 de 201128 jun 2011

Sobre revisión de pensión de retiro, por inutilidad de segunda clase, de ex funcionario de Gendarmería

Fecha
28 de junio de 2011
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Fuentes legales
ley 19195, dfl 2/68 inter art/132
Descriptores
revisión de pensión de retiro, beneficios, GENDARMERÍA
Cita
Dictamen N° 40.287 de 2011

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Texto íntegro

N° 40.287 Fecha: 28-VI-2011 La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido una presentación de don nombre reservado, ex funcionario de Gendarmería de Chile, quien solicita la reconsideración del oficio N° 12.642, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora, en atención a las razones que invoca. Asimismo, pide que se le reconozca el derecho que, a su juicio, le asiste para incorporar en la determinación de su pensión de retiro por una inutilidad de segunda clase el incremento de la asignación de turno, la asignación establecida en la ley N° 19.195 y la de zona extrema.

Requerida al efecto, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, manifiesta, en síntesis, que se encuentra en etapa de tramitación una nueva reliquidación de su beneficio jubilatorio, a fin de incorporar los estipendios que reclama.

Sobre el particular, cabe señalar que mediante el mencionado oficio N° 12.642, del presente año, este Órgano de Control determinó, en lo que interesa, que conforme al artículo 132 del D.F.L. N° 2, de 1968, del entonces Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, la data fijada por la Dirección de Previsión informante para el pago de la reliquidación de la pensión de que es titular el recurrente se encuentra ajustada a derecho, por cuanto transcurrió más de un año entre la solicitud en tal sentido y aquélla en que se produjo su licenciamiento.

Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, especialmente del oficio N° 2.082, de 2011, de la citada Dirección de Previsión, se desprende que la solicitud presentada por el peticionario en el año 2005, tenía por objetivo conocer el desglose de su pensión y aclarar si en ésta estaba incluida la asignación de turno, no haciéndose mención alguna a la gratificación de zona.

En consecuencia, con el mérito de lo expuesto y teniendo presente que en su nueva petición el solicitante no aporta antecedentes distintos a los analizados con anterioridad, resulta forzoso ratificar en todas sus partes lo concluido en el oficio N° 12.642, de 2011, de esta Contraloría General.

nombre reservado

Contralor General de la República