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Derecho público chileno

DictamenN° 40.249 de 201326 jun 2013

Exoneración de responsabilidad civil por extravío de linterna fiscal en Carabineros de Chile

Fecha
26 de junio de 2013
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Carab, exoneración, responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 40.249 de 2013

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, al constar que el extravío de la linterna se produjo por un tropiezo casual, sin culpa ni negligencia suya.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 40.249 Fecha: 26-VI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa instruida con motivo del extravío de la linterna que se encontraba bajo la custodia de su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que de la documentación examinada, aparece que el día 13 de septiembre de 2012, mientras el aludido empleado, acompañado de otro servidor, efectuaba un patrullaje a pie por la ladera del camino costero, a la altura de la población la explanada de Playa Ancha, en la comuna de Valparaíso, tropezó casualmente, cayéndosele la mencionada linterna, efectuando, con posterioridad su búsqueda, sin que la misma fuese encontrada.

Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 9333725, de 2012, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de $21.700, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 157, de 2013, dar de baja esa especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por el extravío de la linterna ya individualizada.

nombre reservado

Contralor General de la República