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Derecho público chileno

DictamenN° 40.143 de 201128 jun 2011

Se abstiene de pronunciarse sobre procedencia de descuentos efectuados a pensionados del Ejército de Chile por incorporación de nuevas prestaciones en sus planes de salud

Fecha
28 de junio de 2011
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
ley 10336
Descriptores
abstención, no existe denegatoria o dilación del Ejército
Cita
Dictamen N° 40.143 de 2011

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 40.143 Fecha: 28-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don nombre reservado, ex funcionario del Ejército de Chile, solicitando un pronunciamiento que determine la improcedencia del descuento efectuado a su pensión de retiro durante los meses de enero, febrero y marzo de 2011, por parte del Comando de Salud del Ejército, por concepto de la implementación de un sistema de evacuación aeromédica, haciendo, además, otras consultas relacionadas con la materia. Requerido su informe, el Ejército de Chile señala que cumplió con registrar la renuncia del peticionario a la ampliación de las coberturas del Fondo Complementario de Salud del Personal Pensionado del Ejército, dentro de las cuales se considera el aludido beneficio, y además, le reembolsó las cantidades descontadas por ese concepto, durante los meses indicados, por un total de $12.033. Por lo tanto, se entiende que su situación se encuentra superada. Ahora bien, en relación al idéntico reclamo que hacen las personas a quienes el solicitante representa, es dable manifestar que corresponde que éstas se dirijan personalmente a la Comandancia en Jefe del Ejército a realizar sus respectivas alegaciones, por cuanto, según lo previsto en las disposiciones pertinentes de la ley N° 10.336 y tal como se indica en las instrucciones impartidas mediante su circular N° 24.841, de 1974, esta Entidad de Control sólo conoce y se pronuncia acerca de las presentaciones deducidas por particulares si ellas se refieren a asuntos en los cuales ha existido una resolución denegatoria por parte de una autoridad administrativa, o ésta última ha omitido o dilatado alguna decisión, habiéndola requerido el interesado, lo que no consta que haya ocurrido en la especie, pues no se adjuntan antecedentes en ese sentido. Finalmente, respecto a las demás materias planteadas, es preciso atenerse a lo señalado en el dictamen N° 34.328, de 2011, de este origen, el cual previamente se ha pronunciado sobre similares consultas efectuadas por el recurrente. Sin perjuicio de lo anterior, se le remite el informe evacuado por el Ejército de Chile respecto al asunto en cuestión.

nombre reservado

Contralor General de la República