Representa la resolución N° 4.336, de 2015, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente
- Fecha
- 4 de enero de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 1/2005 SALUD art/36 lt/f
- Descriptores
- responsabilidad administrativa, medidas disciplinarias
- Cita
- Dictamen N° 4 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 31.774 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 4 Fecha: 04-I-2016 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, mediante el cual se sanciona con destitución al funcionario nombre reservado, de la dotación del Hospital del Salvador -establecimiento autogestionado en red-, por cuanto no se ajusta a derecho, toda vez que el Director del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, mediante la resolución N° 3.369, de 2008, delegó en el director del mencionado plantel de salud, la facultad de aplicar la indicada medida disciplinaria al personal de su dependencia, atribución que debe entenderse circunscrita, actualmente, a los funcionarios de planta, como ocurre en el caso en análisis, por cuanto, en relación con los servidores designados a contrata su competencia para resolver en la materia emana del artículo 36, letra f), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, tal como se precisó, entre otros, en el dictamen N° 31.774, de 2011, de esta procedencia.
En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General de la República