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Derecho público chileno

DictamenN° 39.682 de 201324 jun 2013

Se abstiene de emitir pronunciamiento por no existir denegatoria ni dilación por parte de la autoridad y remite fotocopia de la presentación que se indica

Fecha
24 de junio de 2013
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336, ley 19880 art/14
Descriptores
abstención, resolución denegatoria, dilación
Cita
Dictamen N° 39.682 de 2013

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 39.682 Fecha: 24-VI-2013 Don nombre reservado, en representación -según expone- de “Consultoría de Ingeniería Sanitaria Ambiental Hermanos nombre reservado Limitada”, solicita a este Organismo de Control un pronunciamiento que determine el ámbito de competencia de profesionales y no profesionales en el área de la ingeniería sanitaria, en lo que concierne a la proyección de redes públicas e instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado, ello a raíz de diversas objeciones formuladas por la empresa concesionaria que indica, relativas a la calidad profesional de la persona que señala. Al respecto, cabe manifestar que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, con las instrucciones impartidas por su oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, contenida en sus dictámenes N os 73.232, de 2012 y 25.893, de 2013, entre otros, a esta Entidad Fiscalizadora sólo le corresponde conocer y pronunciarse en el caso de presentaciones deducidas por particulares, cuando ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no se acredita que concurran en la especie, por lo que debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la materia. Sin perjuicio de lo anterior, y atendido lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, se ha estimado pertinente remitir a esa Superintendencia fotocopia de la presentación de la referencia, y de sus antecedentes, a fin de que adopte las medidas que sean del caso. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación