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Derecho público chileno

DictamenN° 39.543 de 201124 jun 2011

Cese de funciones por percepción de bonificación del art. 3° transitorio de la ley N° 20.158

Fecha
24 de junio de 2011
Materia
Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones)
Fuentes legales
Ley 20158 art/3 tran
Descriptores
Profesional educación, mun, bono, vacancia cargo, fecha
Cita
Dictamen N° 39.543 de 2011

Resumen

El cese se produjo el día en que el municipio puso a disposición de la ex profesional el cheque de la bonificación, según consta en el decreto de pago, por lo que hasta esa data tiene derecho a remuneraciones.

Sumario de la Contraloría

Sobre fecha de cese de funciones de profesional de la educación por percepción de bonificación establecida en el art/3 transitorio de la ley 20158

Texto íntegro

N° 39.543 Fecha: 24-VI-2011 La Municipalidad de Estación Central mediante el oficio Nº 1400/16/ING.1010/70, de 2011, remite la documentación solicitada por este Organismo Contralor en el dictamen Nº 21.418, de 2011, para los fines de acreditar la fecha en que puso a disposición de la ex profesional de la educación doña nombre reservado, el monto de la bonificación establecida en el artículo 3° transitorio de la ley Nº 20.158, toda vez que ello determina la data de término de su relación laboral y el consiguiente derecho a las remuneraciones del caso.

Pues bien, analizada la documentación acompañada, se ha podido verificar que el municipio no envía ningún antecedente que permita verificar cuándo el respectivo cheque estuvo disponible, para su cobro, por la interesada; no obstante, se adjunta copia del decreto de pago N° 602, de 29 de septiembre de 2010, de ese municipio, a cuyo pie consta, con su firma, que aquella recibió el día 18 de octubre de 2010, dicho documento bancario.

Por consiguiente, cumple con manifestar que procede entender que la entidad edilicia puso a disposición de la individualizada ex servidora municipal el 18 de octubre de 2010, la suma por concepto de la bonificación contemplada en el artículo 3° transitorio de la ley N° 20.158 -con la entrega del cheque respectivo-, por lo que su cese de funciones se produjo en esa data y, por ende, hasta la misma, tiene derecho a percibir remuneraciones.

nombre reservado

Contralor General de la República