Ascensos en el Hospital Clínico San Borja Arriarán y acreditación del requisito educacional
- Fecha
- 21 de junio de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- SDS, ascenso, requisito educacional
- Cita
- Dictamen N° 39.248 de 2013
Resumen
El recurrente no fue ascendido en los procesos de 2009 y 2010 porque no acreditó oportunamente el requisito educacional exigido, sin que se demuestre que el hospital extraviara su certificado.
Sumario de la Contraloría
Recurrente no fue ascendido en los procesos correspondientes a los años 2009 y 2010 por no haber acreditado el requisito educacional previsto en la ley
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 24.463 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 39.248 Fecha : 21-VI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, funcionario auxiliar del Hospital Clínico San Borja Arriarán, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, para reclamar que no fue incorporado en las promociones correspondientes a los años 2009 y 2010, ya que ese establecimiento habría perdido su certificado de licencia de enseñanza media, de modo que no pudo comprobar el cumplimiento del nivel de estudios que exige la ley. Solicitado su informe, el referido Hospital a la fecha no lo ha evacuado, por lo cual, y dado el tiempo transcurrido, este Órgano de Control se pronunciará prescindiendo de aquél. Sobre el particular, es dable hacer presente que, acorde con el criterio contenido en el dictamen N° 24.463, de 2013, de este origen, pueden ascender los funcionarios que, a la fecha del acto que materializa dicho proceso, cumplan, entre otros, con los requisitos educacionales que fija la ley. En ese entendido, es dable concluir que si el recurrente no acompañó oportunamente el mencionado documento, no pudo ser incluido en esas promociones, sin que aporte antecedente alguno que permita demostrar que lo presentó ante esa entidad y que ésta lo haya recepcionado, de tal modo que no es posible determinar que fue extraviado por esa repartición. En todo caso, cumple con hacer presente que el certificado de licencia media completa del señor nombre reservado ha sido registrado por este Organismo Fiscalizador en el año 2013, por lo que para efectos de futuros ascensos, ya se encuentra acreditada esa exigencia educacional.
nombre reservado
Contralor General de la República