Se abstiene de tomar razón de la resolución N° 453, de 2013, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por encontrarse exenta de dicho trámite
- Fecha
- 21 de junio de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- res 1600/2008 contr tit/VI
- Descriptores
- Capredena, trámite exento
- Cita
- Dictamen N° 39.208 de 2013
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 16.437 de 2013
- Aplica Dictamen N° 53.600 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 39.208 Fecha: 21-VI-2013 Esta Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control preventivo de juridicidad respecto de la resolución N° 453, de 2013, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, que aprueba el contrato para la ejecución de la obra denominada “Mejoramiento en la Unidad Central del Edificio K, Perteneciente al Centro de Rehabilitación CAPREDENA La Florida”, por cuanto el mencionado documento, en atención a su monto, se encuentra exento del trámite de toma de razón, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Fiscalización, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Sin perjuicio de lo anterior, y en consideración a la imputación presupuestaria consignada en el acto en examen, cumple con remitir a ese servicio fotocopia de los dictámenes N os 53.600, de 2011 y 16.437, de 2013, de esta Entidad de Control, que establecen el criterio aplicable respecto de la imputación del gasto en actos como el de la especie. Atendido lo expuesto, se remite adjunto el acto administrativo en estudio, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la referida resolución N° 1.600.
Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación