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Derecho público chileno

DictamenN° 38.434 de 201117 jun 2011

Cursa con alcance resolución 101/2011, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba convenio ad-referéndum por trato directo para la ejecución del "Estudio de…

Fecha
17 de junio de 2011
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
dto 48/94 moopp art/51, res 1600/2008 contr art/6 inc/2
Descriptores
convenio ad-referéndum, trato directo
Cita
Dictamen N° 38.434 de 2011

Sumario

Cursa con alcance resolución 101/2011, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba convenio ad-referéndum por trato directo para la ejecución del "Estudio de Ingeniería Reposición Puente Niágara y Accesos, Comuna de Padre Las Casas, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía"

Texto íntegro

N° 38.434 Fecha: 17-VI-2011 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 101, de 2011, de la Dirección General de Obras Públicas, que aprueba convenio ad-referéndum por trato directo para la ejecución del "Estudio de Ingeniería Reposición Puente Niágara y Accesos, Comuna de Padre Las Casas, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía" y su addéndum, pero cumple con manifestar, en relación con lo dispuesto en la cláusula décima del citado convenio, que este Órgano de Control entiende que la contratación de la especie se ha regido íntegramente por el Reglamento para Contratación de Trabajos de Consultaría, aprobado por el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas. Por otra parte, cabe hacer presente que de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 del citado texto reglamentario, sólo es menester se suscriban ante notario tres transcripciones del acto de la suma en señal de aceptación de su contenido, y se protocolice un ejemplar de ellas, sin que resulte necesario el cumplimiento de dichas formalidades respecto del pacto que se autoriza. Además, los documentos adjuntos a los convenios que celebre dicha repartición, al formar parte integrante de tales acuerdos, deberán transcribirse en los actos administrativos que los sancionen, conforme a lo dispuesto en el artículo 6°, inciso segundo, de la resolución N°1.600, de 2008, de este Órgano de Control.

Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación