Se abstiene de emitir pronunciamiento por encontrarse el asunto en conocimiento de los Tribunales de Justicia
- Fecha
- 5 de enero de 2011
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3, ley 19880 art/54
- Descriptores
- Abstención, asunto sometido a Tribunales
- Cita
- Dictamen N° 379 de 2011
Texto íntegro
N° 379 Fecha: 05-I-2011 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado, en representación de doña nombre reservado, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad del decreto N° 516, de 2010, de la Municipalidad de Huechuraba, a través del cual se le aplicó la medida disciplinaria de destitución.
Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su Ley Orgánica N° 10.336, en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpuso acción ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 7955-2010, la que se encuentra actualmente en tramitación.
nombre reservado
Contralor General de la República