Se abstiene de emitir pronunciamiento por las razones que expresa y remite presentación que indica
- Fecha
- 17 de enero de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336, ley 19880 art/14
- Descriptores
- abstención contraloría, consulta particular, requisitos pronunciamiento
- Cita
- Dictamen N° 3.769 de 2013
Texto íntegro
N° 3.769 Fecha: 17-I-2013 Se ha dirigido a esta Sede de Control el señor nombre reservado, en representación, según indica, de Inversiones Costa Verde Limitada, quien solicita un pronunciamiento acerca de la caducidad de la declaratoria de utilidad pública de las vías “Las Esteras Sur y “Costanera Ferrocarril al Norte (Costaneras Férreas)”, que afectaría a tres terrenos que singulariza, de propiedad de la mencionada empresa, en la comuna de Quilicura.
Sobre el particular, cabe hacer presente que de conformidad con las disposiciones de la ley N° 10.336, Orgánica de esta Contraloría General, con las instrucciones impartidas por el oficio N° 24.841, de 1974, y de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 21.590, de 2001 y 16.686, de 2008, a ésta sólo le corresponde conocer y pronunciarse respecto de presentaciones deducidas por particulares en caso de que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola solicitado el interesado, circunstancias que deben ser acreditadas.
En ese contexto, y considerando que la presentación de que se trata no se encuentra en ninguna de las situaciones antedichas, este Órgano de Fiscalización debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre el particular.
Sin desmedro de lo expresado, y atendido lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, cumple con remitir a esa Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo la aludida presentación, a fin de que proceda a dar una respuesta sobre el asunto al recurrente, informando de dicha circunstancia a esta Entidad de Control.
Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica Subrogante División de Infraestructura y Regulación