Recurrente no tiene derecho al bono que otorga la ley N° 20.305, pues no se desempeñó en alguno de los organismos que indica el artículo 1° de esa normativa, con…
Marcado por la Contraloría: reconsiderado, alterado.
- Fecha
- 20 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 20305 art/1, ley 20305 art/2 num/1
- Descriptores
- Personal, seguridad social, bonos de retiro
- Cita
- Dictamen N° 37.631 de 2016
Sumario
Recurrente no tiene derecho al bono que otorga la ley N° 20.305, pues no se desempeñó en alguno de los organismos que indica el artículo 1° de esa normativa, con anterioridad al 1 de mayo de 1981. Reconsiderado por dictamen 86109/2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Reconsidera Dictamen N° 86.109 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 37.631 Fecha: 20-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Instituto de Previsión Social, para informar, en cumplimiento de lo ordenado en el dictamen N° 23.255, de 2016, de este origen, que el empleador de la señora nombre reservado, entre el 1 de diciembre de 1979 y el 30 de agosto de 1980, fue Schwarzemberg y Cia. Ltda.
Al respecto, cabe recordar que a través del citado pronunciamiento, se manifestó que el aludido instituto debía comunicar el empleador que la recurrente tuvo en el referido periodo, con el objeto de determinar si dicha exfuncionaria sirvió, con anterioridad al 1 de mayo de 1981, en alguno de los organismos que establece el artículo 1° de la ley N° 20.305, como lo exige el artículo 2°, N° 1, de esa misma normativa, para acceder al bono que el mencionado texto legal concede.
Por consiguiente, y en atención a que según la información proporcionada, en el lapso requerido, doña nombre reservado no se desempeñó en alguna de las entidades que indica el artículo 1° de la ley N° 20.305, es menester concluir que no tiene derecho al beneficio de que se trata.
Transcríbase a la Subsecretaría de Obras Públicas y al Instituto de Previsión Social.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República