Improcedencia de un tercer desahucio por nuevos períodos servidos en la Policía de Investigaciones
- Fecha
- 14 de julio de 2009
- Fuentes legales
- DFL 1/80 art/133, ley 18950
- Descriptores
- tercer desahucio, nuevos servicios, Invest
- Cita
- Dictamen N° 37.601 de 2009
Resumen
La Contraloría se abstiene de cursar la resolución que reliquida pensión y concede desahucio, pues el ex servidor carece de derecho a cobrar un tercer desahucio, ya que el artículo 133 del dfl 1/80 solo permite un segundo desahucio.
Sumario de la Contraloría
Devuelve res 155/2009 de la Subsecretaría de Investigaciones, que reliquida pensión de retiro y concede desahucio a ex servidor de dicha institución, dado que éste no tiene derecho a cobrar un tercer desahucio sobre la base de los nuevos períodos servidos en la Policía de Investigaciones, dado que el art/133 del dfl 1/80 sólo permite cobrar un segundo desahucio
Texto íntegro
N° 37.601 Fecha: 14-VII-2009 La Contraloría General de la República ha debido abstenerse de dar curso a la resolución 155, de 2009, de la Subsecretaria de Investigaciones, que reliquida pensión de retiro y concede desahucio a don nombre reservado, RUT N° RUT reservado, ex Prefecto Inspector grado 3/1 de la Policía de Investigaciones de Chile, por cuanto al interesado no le asiste el derecho para cobrar un tercer desahucio con motivo de su cesación de funciones por servicios prestados entre el 1 ° de marzo de 2004 y el 1° de enero de 2009, por los cuales cotizó al Fondo de Desahucio, no obstante haber percibido en dos ocasiones anteriores el citado beneficio.
Lo anterior fluye del tenor de las modificaciones introducidas al artículo 133° del decreto con fuerza de ley 1, de 1980, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile por la ley N° 18.950, de 1990, en cuanto a que el derecho dice relación con el cobro de un segundo desahucio y no un nuevo desahucio, como establece el artículo transitorio de dicho texto normativo.
En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto, esta Contraloría General debe necesariamente informar que el señor nombre reservado, carece de derecho para cobrar un tercer desahucio sobre la base de los nuevos períodos servidos en la Policía de Investigaciones. (Aplica dictámenes N°s 35.658, de 1982, y 33.439, de 1994).
Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Abogado Jefe Subdivisión de Seguridad Social División de Toma de Razón y Registro Contraloría General de la República