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Derecho público chileno

DictamenN° 37.172 de 201619 may 2016

Cursa con alcances las resoluciones N°s. 122, 125 y 126, todas de 2016, del Ministerio de Educación

Fecha
19 de mayo de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, delegación de firma, inutilización página
Cita
Dictamen N° 37.172 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 37.172 Fecha: 19-V-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro, que transfieren recursos a los municipios y corporaciones municipales que en cada caso se señala, en el marco de la ley N° 20.822 -que otorga a los profesionales de la educación que indica una bonificación por retiro voluntario-, por cuanto se ajustan a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que en atención a que dichos actos administrativos fueron dictados el 27 de abril de 2016, este Organismo de Control entiende que la Subsecretaria de Educación los ha suscrito en virtud de la delegación de firma que fue aprobada por medio de la resolución N° * 79, de este año, del Ministerio de Educación, y publicada en el Diario Oficial con fecha 22 de abril de la citada anualidad. Por lo anterior, esa secretaría de Estado deberá adoptar las medidas que sean necesarias para que, en lo sucesivo, los instrumentos como los de la especie consignen expresamente que han sido suscritos bajo la fórmula “Por orden de la Ministra de Educación”, aspecto que se ha omitido en esta oportunidad. Adicionalmente, se advierte a esa institución que, en el futuro, deberá inutilizar con la firma y timbre del ministro de fe respectivo las páginas en blanco de los instrumentos que ingresen al trámite de toma de razón, tal como ha manifestado este Órgano Fiscalizador, entre otros, en su dictamen N° 32.352, de 2016. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de los actos del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República