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Derecho público chileno

DictamenN° 37.000 de 201110 jun 2011

Exoneración de responsabilidad civil por muerte de can fiscal bajo custodia policial

Fecha
10 de junio de 2011
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
exoneración responsabilidad civil, can fiscal, Carabineros
Cita
Dictamen N° 37.000 de 2011

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario de Carabineros, al acreditarse que la muerte del can fiscal no se debió a su culpa o negligencia, conforme al artículo 62 de la ley N° 10.336.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil según lo dispuesto en el art/62 de la ley 10336, por la muerte de un can fiscal

Texto íntegro

N° 37.000 Fecha: 10-VI-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de la muerte del can fiscal Choshuenco, de cargo de la 47 a Comisaría Los Domínicos, que se encontraba bajo la custodia del funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 23 de julio de 2010, el aludido funcionario, con la finalidad de asear los caniles, trasladó los perros hasta la cancha de baby fútbol de la unidad, para luego de transcurridos unos minutos, ser alertado por otro empleado que el ejemplar Choshuenco se encontraba colgando en un arco, percatándose que éste había enredado su collar en un gancho que sujeta la red de aquél, bajándolo y trasladándolo a una clínica veterinaria cercana, donde se constató su muerte por asfixia, como se indica en el dictamen N° 1.117, de 2010, de la Prefectura Santiago Oriente, agregado a fojas 70 a 72 del expediente.

Enseguida, aparece de la reseña de perros policiales del Departamento Fomento Equino, incorporada a fojas 47 de autos, que el avalúo del can fiscal era la suma de $100.000.

Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, la infrascrita, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 1° de Carabineros, señor nombre reservado, por la muerte del can fiscal Choshuenco.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante