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Derecho público chileno

DictamenN° 36.792 de 201716 oct 2017

Sobre presentación relativa a la resolución N° 15, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Fecha
16 de octubre de 2017
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
transporte público pasajeros, concesión vías, licitación pública, expropiación inmuebles, terminales locomoción colectiva, invalidación acto administrativo
Cita
Dictamen N° 36.792 de 2017

Texto íntegro

N° 36.792 Fecha: 16-X-2017 Express de Santiago Uno S.A. e Inversiones Alsacia S.A., a propósito del proceso de licitación pública para la concesión del uso de las vías de las unidades de negocio N os 1, 4, 6, 7, 8 y 9, para la prestación de servicios urbanos de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses, han remitido a esta Contraloría General fotocopia de una solicitud de invalidación interpuesta en contra del decreto exento N° 109, de 2017, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo -que aprueba el programa de expropiaciones de inmuebles destinados a terminales de locomoción colectiva, para la adecuada operación del Sistema de Transporte Público de Santiago, Región Metropolitana-, a fin de que tal antecedente se tenga en consideración al realizar el examen previo de legalidad de la resolución N° 15, del mismo año, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autoriza el correspondiente llamado, y sanciona las respectivas bases y sus anexos.

Requieren, además, que este organismo fiscalizador oficie a los reseñados ministerios y al de Hacienda, a fin de que informen acerca de diversos aspectos vinculados a la mencionada solicitud de invalidación y al programa de expropiaciones referido.

Sobre el particular, cumple con manifestar que esta entidad de control ha tomado conocimiento de la antedicha solicitud, y la tendrá presente al efectuar el correspondiente análisis preventivo de juridicidad de la precitada resolución.

Por otra parte, y en cuanto a la petición de oficiar a las nombradas carteras de Estado, no resulta del caso acceder a ella, pues dice relación con un procedimiento de invalidación cuya resolución se encontraría pendiente ante la Administración.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República