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Derecho público chileno

DictamenN° 36.748 de 20099 jul 2009

Improcedencia de pronunciamiento sobre asignación profesional respecto de carrera en curso

Fecha
9 de julio de 2009
Materia
Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones
Descriptores
asignación profesional, posesión título
Cita
Dictamen N° 36.748 de 2009

Resumen

La Contraloría se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, pues no procede examinar de modo hipotético la posibilidad de percibir la asignación profesional si la funcionaria no se encuentra en posesión del diploma por el cual consulta.

Sumario de la Contraloría

Contraloría sólo conoce las consultas y se pronuncia respecto de presentaciones deducidas por funcionarios públicos, siempre que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria en relación con un derecho que le correspondía, o se haya omitido o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido. No procede examinar de modo hipotético la posibilidad de percibir asignación profesional si no se encontrare en posesión del diploma por el cual se consulta

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 36.748 Fecha: 09-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, funcionaria del Parque Metropolitano, para requerir un pronunciamiento que determine si la carrera de Ingeniería en Administración de Empresas con mención en Áreas Verdes, impartida por la Universidad Pedro de Valdivia, que actualmente cursa, está reconocida como profesional y si el título respectivo la habilitaría para percibir la correspondiente asignación profesional.

Sobre el particular, cabe manifestar, de acuerdo con las instrucciones impartidas por esta Entidad de Control a través del oficio N° 24.841, de 1974, que en materia de consultas conoce y se pronuncia respecto de presentaciones deducidas por funcionarios públicos, siempre que ellas se refieran a asuntos en que se haya producido una resolución denegatoria en relación con un derecho que le correspondía, o se haya omitido o dilatado una decisión por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado.

Pues bien, en este contexto, no procede examinar de modo hipotético la posibilidad de percibir la aludida asignación, pues al no encontrarse en posesión del diploma por el cual se consulta, no corresponde invocarlo, razón por la cual, esta Entidad Fiscalizadora se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, según se ha informado en su dictamen N° 3.576, de 1995, entre otros.