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Derecho público chileno

DictamenN° 36.744 de 20099 jul 2009

Representación de funcionarios por asociaciones gremiales en reclamos ante Contraloría

Fecha
9 de julio de 2009
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Descriptores
asociaciones gremiales, representación afiliados
Cita
Dictamen N° 36.744 de 2009

Resumen

La Contraloría se abstiene de pronunciarse porque la federación no acreditó que las funcionarias solicitaran expresamente su intervención, único evento en que las asociaciones gremiales pueden representar a sus asociados.

Sumario de la Contraloría

Tratándose de reclamaciones que puedan deducir los funcionarios públicos ante esta Contraloría General, las asociaciones gremiales de empleados sólo cuentan con atribuciones para representar a sus asociados en el evento de que ellos requieran expresamente su intervención, solicitud que debe constar en las presentaciones que las referidas agrupaciones formulen

Texto íntegro

N° 36.744 Fecha: 9-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don nombre reservado, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarios del Ministerio del Interior y Servicios Afines, para solicitar que no se tome razón de las resoluciones N°s. 2.275 y 2.276, ambas de 2009, del Ministerio del Interior, que ponen término a las contratas de doña nombre reservado y de doña nombre reservado, funcionarias de la Gobernación Provincial de Tocopilla, por cuanto, según estima, constituyen una medida ilegal y arbitraria, que respondería a una situación de acoso laboral. Sobre el particular, cabe destacar que según la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 2.836 y 44.910, ambos de 2007, tratándose de reclamaciones que puedan deducir los funcionarios públicos ante esta Contraloría General, las asociaciones gremiales de empleados sólo cuentan con atribuciones para representar a sus asociados en el evento de que ellos requieran expresamente su intervención, solicitud que debe constar en las presentaciones que las referidas agrupaciones formulen a este Organismo de Control, lo cual no se ha verificado en el caso en estudio. En consecuencia, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por la Federación Nacional de Asociaciones de Funcionarios del Ministerio del Interior y Servicios Afines. Finalmente, y en lo que atañe a la inquietud planteada, cumple con hacer presente que de las resoluciones impugnadas, sólo la N° 2.275, de 2009, del aludido Ministerio, fue tomada razón, toda vez que la correspondiente a la N° 2.276, del mismo año y origen, fue devuelta por esta Entidad de Control mediante oficio N° 32.411, de la anualidad en curso.