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Derecho público chileno

DictamenN° 3.672 de 201219 ene 2012

Exoneración de responsabilidad civil de funcionario de Carabineros de Chile, por daño en vehículo fiscal, en virtud de las atribuciones del art/62 de la ley 10336

Fecha
19 de enero de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
responsabilidad civil, daño vehículo fiscal, exoneración, CARABINEROS
Cita
Dictamen N° 3.672 de 2012

Texto íntegro

N° 3.672 Fecha : 19-I-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-3236, de cargo de la Tenencia Pedro Aguirre Cerda, de la 11 a Comisaría Lo Espejo, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 30 de octubre de 2010, el indicado servidor, junto con otros empleados, se desplazaba en el referido móvil por la Avenida Departamental, en dirección al oriente, en persecución de un vehículo particular que tenía encargo por robo, y al llegar a la intersección con la Avenida José Joaquín Prieto, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, el conductor de este último móvil, con la finalidad de eludir el control policial, colisiona al furgón fiscal, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 203, de 2010, incorporado de fojas 59 a 62 de autos, estableció como causa basal del accidente.

Tal situación ocasionó un perjuicio al patrimonio institucional que, de acuerdo con el certificado N° 217, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos del Departamento de Transportes, que rola de fojas 96 a 98, del expediente, ascendió a la suma de $1.058.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de la atribución que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal Z-3236.

nombre reservado

Contralor General de la República