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Derecho público chileno

DictamenN° 36.372 de 20118 jun 2011

Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de una materia sometida al conocimiento de los Tribunales de Justicia

Fecha
8 de junio de 2011
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
abstención contr, asunto en tribunales
Cita
Dictamen N° 36.372 de 2011

Texto íntegro

N° 36.372 FECHA: 08-VI-2011 Don nombre reservado, en representación de la empresa CGE Distribución S.A., solicita a esta Contraloría General un pronunciamiento sobre la legalidad del oficio N° 2.325, de 2011, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante el cual dicha repartición atendió una petición de informe efectuada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en el marco de la causa rol N° C 216-10, que se sigue en contra de la recurrente por supuesto abuso de posición dominante.

Sobre el particular, cumple con manifestar que, conforme a lo previsto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de emitir el pronunciamiento que se recaba, toda vez que se encuentra impedida de intervenir e informar en los asuntos que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como acontece en la especie.

Lo anterior, sin perjuicio de las facultades generales de este Organismo de Control para fiscalizar los actos administrativos que emiten los servicios públicos en el ejercicio de sus funciones.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División de Infraestructura y Regulación