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Derecho público chileno

DictamenN° 3.637 de 201514 ene 2015

Representación de resolución que constituye provisionalmente derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas

Fecha
14 de enero de 2015
Materia
Recursos naturales, aguas, energía y medio ambiente
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Cag art/132 inc/1
Descriptores
derechos de aguas
Cita
Dictamen N° 3.637 de 2015

Resumen

Se representa la resolución porque no consta que se subsanaran las observaciones sobre la personería del representante y porque la certificación de la Gobernación se emitió antes del plazo del artículo 132 del Código de Aguas.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución Nº 24, de 2014, de la Dirección General de Aguas, Región Metropolitana

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 3.637 Fecha: 14-I-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al acto administrativo singularizado en el epígrafe, que constituye provisionalmente un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas a favor de la peticionaria que se individualiza, por cuanto del análisis del expediente adjunto no consta que se hubieren subsanado las observaciones formuladas a través del oficio N° 92.238, de 2014, de este origen, en relación con la personería de quien comparece en representación de la interesada, y respecto de la circunstancia de que la certificación emitida por la Gobernación Provincial de Maipo, mediante la cual consignó que no se dedujeron oposiciones de terceros a la solicitud de la especie, se expidió sin que hubiere expirado el plazo de treinta días previsto en el artículo 132, inciso primero, del Código de Aguas.

En mérito de lo expuesto, se representa la resolución de la suma.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación