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Derecho público chileno

DictamenN° 36.328 de 201712 oct 2017

Cursa con alcances la Resolución N° 39, de 2017, de la Dirección General de Aeronáutica Civil

Fecha
12 de octubre de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Res 1600/08 CONTR
Descriptores
Facultades CGR, toma de razón, propuesta pública, sistema de radar
Cita
Dictamen N° 36.328 de 2017

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 36.328 Fecha: 12-X-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro que adjudica propuesta pública para la adquisición de un sistema de radar con las características que indica, para la ciudad de Temuco, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, cumple con hacer presente que la declaración de inadmisibilidad de la empresa CETC International Co. Ltd., por no haber acompañado el “Formulario de requerimiento de información del radomo”, se fundamenta en lo dispuesto en el capítulo V del 2.4, Anexo B de las respectivas bases de licitación, y no como se indica en la parte final de la cláusula III, A.1, numeral 2, del Informe de evaluación técnica y económica elaborado por la comisión evaluadora y que se inserta en el acto en estudio.

Además, se advierte que en la correspondiente ficha del portal www.mercadopublico.cl , se ha indicado que la respectiva licitación “No requiere Toma de Razón por Contraloría”, en circunstancias que dicho control resulta obligatorio en estos casos, atendido lo previsto en la resolución N° 1.600, de 2008, de este Órgano Fiscalizador, de manera que esa institución deberá arbitrar las medidas necesarias para que en el futuro ese tipo de información se ajuste a lo señalado en la mencionada resolución N° 1.600 (aplica dictamen N° 31.847, de 2016).

Finalmente, cabe precisar que el proceso licitatorio corresponde al ID 2562-1-LR17, y no como se individualiza en el Considerando a) de la resolución en análisis.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República