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Derecho público chileno

DictamenN° 3.632 de 201514 ene 2015

Modificación de bases de licitación conjunta de fármacos tras el cierre de ofertas

Fecha
14 de enero de 2015
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
dto 250/2004 Hacie art/19, ley 19886 art/10 inc/3
Descriptores
contratación pública, bases de licitación
Cita
Dictamen N° 3.632 de 2015

Resumen

Se representa la resolución que extendió plazos y adjuntó archivos, pues se dictó más de un mes después del cierre de recepción de ofertas, contraviniendo la estricta sujeción a las bases.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución N° 37.258, de 2014, de la Dirección de Sanidad de la Armada

Texto íntegro

N° 3.632 Fecha: 14-I-2015 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento del rubro, que “aprueba adjuntar archivos y extender los plazos indicados en el cronograma de la licitación conjunta para el suministro de fármacos para los hospitales institucionales de las Fuerzas Armadas”, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, el artículo 11 de las bases de licitación que rigen el procedimiento concursal -aprobadas por la resolución N° 15.964, de 2014, de ese origen-, en armonía con el artículo 19 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, y que se cita como fundamento del acto administrativo en análisis, establece que la Administración podrá modificar o complementar el pliego de condiciones, mediante resolución fundada, sólo hasta antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas, lo que deberá ser notificado a través del sistema de información que menciona. Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que el cierre de recepción de ofertas aconteció el 7 de noviembre de 2014, mientras que el instrumento en estudio fue dictado el 18 de diciembre de igual anualidad, esto es, más de un mes después de vencido el término señalado en el párrafo anterior, lo que contraviene el principio de estricta sujeción a las bases consagrado en el inciso tercero del artículo 10 de la anotada ley N° 19.886. En consecuencia, se representa el acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante