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Derecho público chileno

DictamenN° 36.033 de 201423 may 2014

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
23 de mayo de 2014
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Carab, exoneración de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 36.033 de 2014

Texto íntegro

N° 36.033 Fecha: 23-V-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal ZH-2406, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 13 de enero de 2011, ese servidor se desplazaba en el referido vehículo por calle Hernando de Aguirre, y al llegar a la intersección con la Avenida Francisco Bilbao, en la comuna de Providencia, fue colisionado por un automóvil particular que ingresó al cruce de vías sin respetar la luz roja del semáforo que enfrentaba, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 6, de 2011, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.

Los deterioros producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 344, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $76.628, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal ZH-2406; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante