Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 35.834 de 201215 jun 2012

Se abstiene de emitir un pronunciamiento por encontrarse el asunto en conocimiento de los Tribunales de Justicia

Fecha
15 de junio de 2012
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
ley 10336 art/6 inc/3, ley 19880 art/54 inc/3
Descriptores
Asunto litigioso, abstención
Cita
Dictamen N° 35.834 de 2012

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 35.834 Fecha: 15-VI-2012 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado, para solicitar un pronunciamiento relacionado con la multa que el Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia le impusiera a la sociedad Agrícola nombre reservado y Guilisasti Ltda., por funcionar sin autorización municipal.

Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 o , inciso tercero, de su Ley Orgánica N o 10.336, en relación con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación de la especie, puesto que la materia planteada incide en determinar la procedencia de una resolución de carácter jurisdiccional, emitida por el Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia en la causa Rol N° 40900-J-2011.

nombre reservado

Contralor General de la República