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Derecho público chileno

DictamenN° 3.528 de 20171 feb 2017

Deriva a la Dirección del Trabajo consulta planteada por la Corporación Centro Cultural Gabriela Mistral

Fecha
1 de febrero de 2017
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
CTR art/304 inc/3, dfl 2/67 TRAPS art/1 lt/a, dfl 2/67 TRAPS art/1 lt/b, CTR art/505, ley 19880 art/14
Descriptores
facultades cgr, abstenciones, incompetencia
Cita
Dictamen N° 3.528 de 2017

Texto íntegro

N° 3.528 Fecha: 01-II-2017 Don nombre reservado, en representación de la Corporación Centro Cultural Gabriela Mistral, consulta a esta Contraloría General acerca de si las transferencias realizadas por el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes a dicha entidad, de conformidad con lo dispuesto en las leyes de presupuestos de los años 2015 y 2016, deben ser consideradas para los efectos de la aplicación de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 304 del Código del Trabajo. Al respecto, el Código del Trabajo, en el Título I de su Libro IV, establece las disposiciones generales sobre negociación colectiva, prescribiendo, en el inciso tercero de su artículo 304 que “Tampoco podrá existir negociación colectiva en las empresas o instituciones públicas o privadas cuyos presupuestos, en cualquiera de los dos últimos años calendario, hayan sido financiadas en más de un 50% por el Estado, directamente, o a través de derechos o impuestos”. Enseguida, debe anotarse que según lo establecido en las letras a) y b) del artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social -que Dispone la Reestructuración y Fija las Funciones de la Dirección del Trabajo- y en el artículo 505 del Código del ramo, corresponde a esta última entidad la fiscalización de la aplicación de la legislación laboral y fijar de oficio o a petición de parte, por medio de dictámenes, el sentido y alcance de las leyes del trabajo. Por consiguiente, atendido a que la consulta concierne a aspectos laborales sobre los cuales tiene tuición la Dirección del Trabajo, a esta institución compete pronunciarse acerca de lo planteado por la corporación recurrente, en este contexto y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, se remite copia de la presentación de la especie y de sus antecedentes. Transcríbase al ocurrente. Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División Jurídica