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Derecho público chileno

DictamenN° 35.076 de 201420 may 2014

Asignación del artículo 2° de la ley N° 19.999 y diferencias de monto entre empleados de un mismo estamento

Fecha
20 de mayo de 2014
Materia
Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones
Fuentes legales
ley 19999 art/2
Descriptores
MRREE, asignación mensual de estímulo, planes de mejoramiento de la gestión, porcentajes diferenciados, distintas plantas y estamentos
Cita
Dictamen N° 35.076 de 2014

Resumen

Se desestima el reclamo, pues la ley solo autoriza fijar porcentajes diferenciados por plantas o estamentos, sin permitir otros criterios como el título profesional.

Sumario de la Contraloría

No procede establecer diferencias en el monto a pagar por concepto de la asignación del artículo 2° de la ley N° 19.999, entre empleados pertenecientes a un mismo estamento

Texto íntegro

N° 35.076 Fecha: 20-V-2014 Se han dirigido a esta Contraloría General las señoras nombre reservado y nombre reservado, dirigentes de la Asociación de Profesionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, reclamando en contra de esa institución, por cuanto, a su juicio, existiría una discriminación arbitraria en el pago de la asignación establecida en el artículo 2° de la ley N° 19.999 entre los empleados de los estamentos directivo y profesional, que poseen título profesional, toda vez que los primeros percibirían aquél en un porcentaje inferior que los segundos.

Requerido su informe, la Subsecretaría de Relaciones Exteriores manifestó, en síntesis, que el otorgamiento del mencionado beneficio se ha ajustado a la normativa que rige la materia.

Al respecto, cabe recordar que el citado precepto, concede una asignación mensual de estímulo asociada al cumplimiento de planes de mejoramiento de la gestión y de eficiencia institucional a los servidores que indica, que será de hasta un quince por ciento calculado sobre las rentas que señala, agregando que la proporción específica a pagar se determinará por uno o más decretos de esa Secretaría de Estado, en los cuales se podrán establecer porcentajes diferenciados entre las distintas plantas y estamentos del personal.

Conforme lo anterior, es posible colegir que la disposición en análisis únicamente autoriza para fijar cantidades diversas a enterar por concepto del emolumento en estudio, tomando en consideración las respectivas plantas o los estamentos, sin que se advierta normativa legal alguna que permita aplicar otros criterios, como sucedería en el caso que se les otorgara un monto mayor a aquellos empleados de un determinado escalafón que posean título profesional.

En consecuencia, en atención a lo expuesto, procede desestimar la presentación de la especie.

Transcríbase a la señora nombre reservado y a la Subsecretaría de Relaciones Exteriores.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República