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Derecho público chileno

DictamenN° 34.773 de 201726 sep 2017

Cursa con alcances la resolución N° 50, de 2017, de la Subsecretaría de Educación

Fecha
26 de septiembre de 2017
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 250/2004 HACIE art/31
Descriptores
Facutades CGR, toma de razón, licitación pública
Cita
Dictamen N° 34.773 de 2017

Texto íntegro

N° 34.773 Fecha: 26-IX-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro que aprueba bases administrativas, técnicas y anexos de licitación pública para la contratación de los servicios de diseño y ejecución de cursos que indica, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que es necesario que en la etapa de aclaraciones, esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración el puntaje técnico mínimo que se deberá obtener para que las ofertas sean declaradas admisibles, considerando lo dispuesto en el párrafo final del N° 6.2 del pliego de condiciones.

En la misma oportunidad deberá aclarar que el descuento por cada participante desertor, a que se refiere su N° 8.6.2, sólo se efectuará en la medida que aquello sea responsabilidad del contratista.

Finalmente, cabe consignar que, acorde a lo dispuesto en el artículo 31 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para garantizar la seriedad de la respectiva oferta, se aceptará cualquier instrumento que sea pagadero a la vista, de carácter irrevocable y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, y no sólo aquel que se menciona en el N° 4.6 del instrumento que se aprueba.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República