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Derecho público chileno

DictamenN° 34.713 de 20154 may 2015

Representa la resolución N° 203, de 2015, del Fondo Nacional de Salud

Fecha
4 de mayo de 2015
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
dto 250/2004 hacie art/41 inc/2
Descriptores
bases de licitación
Cita
Dictamen N° 34.713 de 2015

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 34.713 Fecha: 04-V-2015 Este Organismo de Control ha debido abstenerse de dar curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueba la modificación de la resolución N° 170, de 2015, de esa misma entidad, que modifica a su vez la resolución N° 442, de 2014, de ese origen, que sanciona las bases administrativas y técnicas para contratar el servicio de recaudación de cotizaciones y deudas previsionales, por cuanto no se ajusta a derecho.

En efecto, no corresponde que se apruebe una modificación a un acto administrativo que no se encuentra totalmente tramitado, como ocurre con el instrumento de la especie, que dispone cambios a la aludida resolución N° 170, la que fue representada por esta Contraloría General mediante el oficio N° 28.854, de 2015.

Además, no resulta procedente que el pliego de condiciones se modifique una vez abiertas las ofertas, por cuanto en virtud del principio de estricta sujeción a las bases, estas constituyen el marco regulatorio general al que deben someterse los oferentes y también el órgano convocante al certamen (aplica criterio de dictámenes N°s. 7.901, de 2002; 46.126, de 2006; 51.670, de 2011; 21.499, de 2013 y 72.378, de 2014).

Lo anterior, no obsta a que si esa autoridad advierte que la adjudicación en cuestión no se realizará en el plazo señalado en las respectivas bases, en conformidad a lo previsto en el inciso segundo del artículo 41 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, pueda dejar constancia de aquello en el portal www.mercadopublico.cl , precisando el nuevo plazo y manifestando las razones que justifican dicha situación, lo que no constituye una modificación del pliego de condiciones.

En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante