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Derecho público chileno

DictamenN° 34.124 de 201127 may 2011

Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 10336 de funcionario de carabineros

Fecha
27 de mayo de 2011
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
exoneracion responsabilidad civil, carabineros, daños
Cita
Dictamen N° 34.124 de 2011

Texto íntegro

N° 34.124 Fecha: 27-V-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al móvil fiscal RP-2574, de cargo de la 1 a Comisaría Santiago Central, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado y al deterioro de una casaca operativa de cargo del mencionado servidor, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 1 de mayo de 2010, el aludido funcionario, junto a otro servidor, concurrieron a la Avenida Libertador General Bernardo O'Higgins, frente al N° 21, en la comuna de Santiago, a verificar una denuncia por agresión, comprobando que dos jóvenes presentaban lesiones, y en los instantes en que eran subidos al vehículo policial para ser trasladados a un centro asistencial, una persona desconocida le propinó un golpe de pie a la puerta trasera derecha del móvil, para después abalanzarse sobre el señor nombre reservado, comenzando un forcejeo entre ambos, resultando la casaca operativa que portaba el funcionario policial con daños en una manga.

La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, de acuerdo con el Certificado N° 384, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, rolante a fojas 71 a 74 de autos, ascendió a la suma de $195.000, en el caso del RP-2574, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

En tanto, que según lo dispuesto en el documento electrónico N° 225, de 2011, de la Sección Almacenamiento y Distribución, la casaca operativa tiene un valor de $49.385, antecedente que se encuentra incorporado a fojas 125 del expediente.

Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor nombre reservado, por los daños ocasionados al vehículo fiscal RP-2574 y por el deterioro de la casaca operativa que portaba.

nombre reservado

Contralor General de la República