Cursa con alcance las resoluciones N°s 49 y 51, ambas de 2017, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales
- Fecha
- 26 de enero de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Dto 250/2004 HACIE art/71
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, modificación convenios, programas de especialización para médicos cirujanos
- Cita
- Dictamen N° 3.381 de 2018
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 88.696 de 2016
- Aplica Dictamen N° 77.546 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 3.381 Fecha: 26-I-2018 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del rubro que aprueban las modificaciones de los convenios que se indican en cada caso, suscritos por esa Subsecretaría, en representación de los servicios de salud que se singularizan, con la Universidad de La Frontera, para el otorgamiento de programas de especialización para médicos cirujanos, por cuanto se ajustan a derecho.
No obstante, lo anterior, cumple con hacer presente que las boletas de garantía que caucionan el fiel y oportuno cumplimiento de los contratos, fueron otorgadas con posterioridad a la fecha de suscripción de los acuerdos de voluntades que se aprueban a través de las resoluciones del epígrafe.
Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del respectivo convenio (aplica criterio contenido en los oficios N°s. 77.546 y 88.696, ambos de 2016).
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República