Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 6 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 33.631 de 2016
Texto íntegro
N° 33.631 Fecha: 06-V-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo realizado con motivo del extravío de una bayoneta con vaina de material plástico, un cargador, dos estuches portacargadores, un terciado y un cinturón de combate, que estaban bajo la custodia de su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 26 de octubre de 2015, ese servidor se percató que los referidos elementos habían sido sustraídos desde el interior de su casillero, ubicado en la Escuela de Suboficiales, efectuándose la denuncia pertinente ante la Primera Fiscalía Militar de Santiago.
Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 40854318, de 2015, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma total de US$ 149,53 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $102.720, a la data de su extravío), resolviendo esa misma unidad, a través de su orden N° 19, de 2016, dar de baja esas especies.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por el extravío de las especies ya individualizadas.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República