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Derecho público chileno

DictamenN° 33.344 de 201126 may 2011

La Municipalidad de Isla de Maipo informa que ha dado cumplimiento al dictamen 2060/2011, mediante el cual esta Contraloría General le ordenó la reapertura del sumario…

Fecha
26 de mayo de 2011
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Descriptores
Sumario administrativo, destitución, sobreseimiento judicial, reapertura
Cita
Dictamen N° 33.344 de 2011

Sumario

La Municipalidad de Isla de Maipo informa que ha dado cumplimiento al dictamen 2060/2011, mediante el cual esta Contraloría General le ordenó la reapertura del sumario administrativo señalado, con el objeto de revisar el efecto que pudo tener sobre éste el sobreseimiento judicial del afectado

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Texto íntegro

N° 33.344 Fecha: 26-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Alcalde de la Municipalidad de Isla de Maipo, informando que ha dado cumplimiento a lo señalado en el dictamen N° 2.060, de 2011, respecto de la situación del ex funcionario de ese municipio, don nombre reservado. Al efecto, la autoridad edilicia expone que ante una solicitud formulada por el señor nombre reservado para que se ordenara la reapertura de un sumario instruido en su contra, en virtud del cual se le aplicó la medida disciplinaria de destitución, se evacuó el oficio N° 1100/217, de 2009, rechazando tal requerimiento. Posteriormente, y ante la petición de reconsideración de tal oficio por parte del interesado, el municipio procedió a dictar el oficio N° 1100/235, de 2009, por cuyo intermedio la desestimó. Sobre el particular, es del caso recordar que el dictamen N° 2.060, de 2011, reiterando lo señalado en el dictamen N° 32.221, de 2008, manifestó que ese municipio debía proceder a la reapertura del sumario administrativo que dio origen a la aludida medida disciplinaria, con la finalidad de ponderar la incidencia que pudiera tener el sobreseimiento judicial que favoreció al señor nombre reservado, en la sanción aplicada. Ahora bien, examinados los antecedentes acompañados por la autoridad edilicia, se ha podido determinar que, a diferencia de lo que sostiene, no ha dado cumplimiento al dictamen N° 2.060, de 2011, toda vez que no ha dispuesto la reapertura del respectivo proceso sumarial, con el fin de determinar, como se indicara, de qué manera incidió el mencionado sobreseimiento judicial, en la medida disciplinaria que se le aplicó. En consecuencia, la Municipalidad de Isla de Maipo, con el objeto de dar efectivo cumplimiento al dictamen N° 2.060, de 2011 -como asimismo, al N° 32.221, de 2008-, deberá proceder a ordenar la reapertura del referido sumario administrativo.

nombre reservado

Contralor General de la República