Rechazo del beneficio de la ley N° 20.305 a la recurrente se encuentra en vías de ser superado, conforme a lo resuelto en el dictamen N° 6.944, de 2014, de este origen
- Fecha
- 13 de mayo de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- incentivo al retiro
- Cita
- Dictamen N° 33.014 de 2014
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 30.864 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 6.944 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 33.014 Fecha: 13-V-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, para solicitar un pronunciamiento que determine si tiene derecho al beneficio que establece la ley N° 20.305, el que le fue denegado por errónea información proporcionada por esa institución. Consultado al respecto, el referido organismo manifiesta que, entre otros casos, los antecedentes de la recurrente fueron devueltos por la Tesorería General de la República, por lo que realizó una presentación ante esta Entidad Fiscalizadora, la que se pronunció ordenando, en definitiva, que se remitieran nuevamente los actos administrativos objetados al Servicio de Tesorerías, para que éste proceda a los pagos respectivos, gestión que ya se realizó.
Sobre el particular, cabe tener presente que mediante el dictamen N° 6.944, de 2014, de este origen, se señaló, en torno a la consulta planteada por esa institución de salud con motivo del aludido rechazo del beneficio de la ley N° 20.305 a un grupo de sus exfuncionarios, por la falta de presentación conjunta de la pertinente petición con la solicitud del incentivo al retiro que trata la ley N° 20.612, que ello se debió a la incorrecta información proporcionada por el servicio recurrente. Conforme a lo anterior, el citado pronunciamiento concluyó, por las razones que expone, que corresponde reenviar a la Tesorería General de la República las resoluciones objetadas, para que ésta efectúe el pago respectivo, a lo cual se ha dado cumplimiento según lo informado, por lo que es dable concluir que la situación que plantea la señora nombre reservado se encuentra en vías de ser solucionada. Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Occidente y a la Tesorería General de la República. Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República