Cursa con alcances el Decreto N° 42, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente
- Fecha
- 26 de enero de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, zona saturada material particulado fino respirable, inutilización página
- Cita
- Dictamen N° 3.287 de 2018
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 43.637 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 3.287 Fecha: 26-I-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al decreto N° 42, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5, como concentración anual y de 24 horas, al valle central de la Región de O’Higgins, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que en el considerando 10° y en el artículo único, en el párrafo correspondiente al límite oeste, debe entenderse que se hace referencia a los decretos con fuerza de ley N°s. 1-18.715 y 3-18.715, ambos de 1989, del entonces Ministerio del Interior, el primero de los cuales determina los límites específicos de las regiones del país, y el segundo precisa delimitaciones de las comunas del país. Además, cabe señalar que ese ministerio, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en el oficio N° 43.637, de 2017, de este Órgano Fiscalizador, o bien imprimir por ambos lados. Con los alcances que anteceden se ha tornado razón del antedicho documento Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República