Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal en Carabineros
- Fecha
- 24 de mayo de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- exoneración responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 32.165 de 2013
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil al funcionario por los daños al automóvil fiscal, al constatar que el deterioro no se debió a su culpa o negligencia, conforme al artículo 62 de la ley N° 10.336.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Texto íntegro
N° 32.165 Fecha: 24-V-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil policial RP-3181, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 3 de mayo de 2012, ese empleado, acompañado de otro servidor, concurrió en el citado móvil a la intersección de la Avenida Américo Vespucio y calle Los Maitenes, en la comuna de Pudahuel, con la finalidad de fiscalizar a los ocupantes de un furgón particular, cuyo conductor, a objeto de evitar el control policial, realizó una maniobra de retroceso, colisionando al automóvil fiscal.
Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 10, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $413.505, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3181.
nombre reservado
Contralor General de la República