Cursa con alcances la resolución N° 33, de 2015, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo
- Fecha
- 23 de abril de 2015
- Fuentes legales
- dto 250/2004 hacie art/43
- Descriptores
- Contratos Administrativos y Concesiones, bases de licitación
- Cita
- Dictamen N° 32.017 de 2015
Texto íntegro
N° 32.017 Fecha: 23-IV-2015 Este Órgano de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos para la contratación del servicio de levantamiento del segundo seguimiento para la evaluación de impacto del programa Formación para el Trabajo, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 19.1 de las bases administrativas, y en el anexo N° 5, esta Contraloría General entiende que el N° 3 de las tablas contenidas en el numeral 20 del pliego de condiciones y en la cláusula séptima del formato tipo del contrato, se refiere a los coordinadores de zona, y no al jefe de zona, como ahí se indica. Además, cumple con hacer presente que la devolución de la garantía de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas han sido declaradas inadmisibles o desestimadas deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, lo que se ha omitido indicar en esos términos en el N° 3 de las bases en examen. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante