Cursa la resolución N°135, de 2011, de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas que aprueba los términos de referencia, sus anexos y los contratos suscritos…
- Fecha
- 18 de mayo de 2011
- Descriptores
- JUNAEB, alimentación escolar, contrato, trato directo, aprueba
- Cita
- Dictamen N° 31.671 de 2011
Sumario
Cursa la resolución N°135, de 2011, de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas que aprueba los términos de referencia, sus anexos y los contratos suscritos mediante trato directo con las entidades que indica para la prestación de servicios del programa de alimentación escolar
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 19.761 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 31.671 Fecha:18-V-2011 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 135, de 2011, de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas,que aprueba los Términos de Referencia, sus Anexos y el contrato, suscrito mediante trato directo, con la entidad que indica, para la prestación de servicios del programa de alimentación escolar de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas.
No obstante lo anterior, cabe hacer presente que la inclusión de los proveedores en el denominado “registro de proveedores del programa de alimentación” o “registro de proveedores PAE”, a que alude el acto administrativo de la especie, debe entenderse como una medida de orden interna, que no resulta determinante para la ejecución del servicio contratado, toda vez que de acuerdo con la normativa que regula las materias atingentes a contrataciones públicas de suministro de bienes y prestación de servicios, el único registro oficial de proveedores del Estado es aquél que compete a la Dirección de Compras y Contratación Pública, sin perjuicio de la existencia de otros registros especiales contemplados en el ordenamiento jurídico, relativos a materias específicas, que no concurren en la especie.
Además, en lo concerniente a las observaciones formales consignadas en el oficio N° 19.761, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora, que representara el acto administrativo estudiado, es necesario señalar que ese Servicio deberá arbitrar las medidas en orden a evitar que las discordancias y omisiones que allí se indican, entorpezcan o afecten la correcta inteligencia del contrato en estudio.
Con los alcances señalados, se ha tomado razón de la resolución en estudio.
nombre reservado
Contralor General de la República