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Derecho público chileno

DictamenN° 31.379 de 201322 may 2013

Forma de efectuar presentaciones y reclamos ante la Contraloría General de la República

Fecha
22 de mayo de 2013
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
requisitos, presentaciones cgr
Cita
Dictamen N° 31.379 de 2013

Resumen

La CGR solo emite informes a petición de jefes superiores de servicio y, excepcionalmente, de funcionarios o particulares en los casos señalados; las presentaciones deben acreditar identidad y acompañar todos los antecedentes necesarios.

Sumario de la Contraloría

Sobre forma de efectuar presentaciones ante esta Entidad de Control

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N°31.379 Fecha: 22-V-2013 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado, manifestando que participó en una licitación a través de mercado público, en la cual habrían existido irregularidades, por lo que solicita se le informe acerca del procedimiento a seguir en un reclamo ante esta Contraloría General, y si es posible presentar la documentación de respaldo en forma presencial. Al respecto, cumple advertir que este Organismo de Control sólo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicios y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o particulares, cuando se les haya denegado algún derecho que pretendían tener o se hubiere omitido o dilatado alguna resolución por parte de la Autoridad Administrativa, habiéndola requerido el interesado. Precisado lo anterior, cabe indicar que las personas que soliciten la emisión de un dictamen deberán concurrir ante esta Entidad Fiscalizadora, acreditando su identidad mediante la exhibición de la cédula expedida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, y que quienes actúan como apoderados de terceros, se encuentran en la necesidad de demostrar habérseles otorgado el respectivo poder, por escritura pública o instrumento privado suscrito ante notario, sin perjuicio de los requisitos que se exigen al efecto a las asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado (aplica dictamen N° 30.942, de 2010, de este origen).

Enseguida, en armonía con las recomendaciones para presentar solicitudes a través de la página web de este Órgano de Control, estas últimas contendrán el nombre y apellido del solicitante, y el del causante cuando corresponda, dejando constancia en forma clara de su dirección o domicilio, siendo necesario precisar el número de cédula de identidad. Finalmente, en cuanto a la forma de acompañar la documentación, es dable expresar, que las consultas que se formulen ante esta Contraloría General deben remitirse acompañadas de todos los antecedentes necesarios e indispensables para resolver adecuadamente el asunto de que se trata.

nombre reservado

Contralor General de la República