Representación de resolución que aprueba liquidación de contrato de conservación de caminos rurales
- Fecha
- 14 de diciembre de 2018
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Contratos de obras viales, liquidación final
- Cita
- Dictamen N° 31.177 de 2018
Resumen
La Contraloría no dio curso a la resolución porque el cronograma aprobado no grafica partidas de obras extraordinarias, la programación no coincide con el plazo otorgado y el convenio de liquidación no aparece suscrito por la jefa del departamento.
Sumario de la Contraloría
Representa la resolución Nº 287, de 2018, de la Dirección de Vialidad
Texto íntegro
N° 31.177 Fecha: 14-XII-2018 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento de la suma, que aprueba la liquidación del contrato “Conservación Saneamiento C°S Rurales, Etapa II, por Sectores, Tramos: Ruta A-15 Dm. 12.840- Dm.13.147 Ruta A-169 Dm. 0.60-Dm.0.300 Ruta A-345 Dm. 55.920-Dm.-56.384, Dm.57.490-Dm.57.725, Dm.58.820-Dm59.250 Provincia de Arica, Región Arica y Parinacota", por cuanto en el cronograma de trabajo aprobado por la resolución exenta N°6.627, de 2015, de esa dirección, no se encuentran graficadas las partidas de obras extraordinarias de las rutas A-15 y A-169, no apreciándose el modo en que el servicio determinó el cumplimiento de dicho programa en relación a las obras incorporadas.
Asimismo, se programan partidas hasta el 31 de octubre de 2015, en circunstancias que se otorgó plazo hasta el 20 de febrero de 2016 y que, acorde al acta de recepción provisional, los trabajos finalizaron el 18 de diciembre de 2015.
Por último, el convenio de liquidación final no aparece suscrito por la Jefa Departamento, Administración y Gestión de Contratos, no obstante su identificación en el pie de página.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División División de Infraestructura y Regulación