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Derecho público chileno

DictamenN° 31.176 de 201117 may 2011

Sobre exoneración de responsabilidad civil en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 10336

Fecha
17 de mayo de 2011
Materia
Bienes del Estado (bienes fiscales y nacionales)
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
responsabilidad civil, exoneración, deterioro bien fiscal
Cita
Dictamen N° 31.176 de 2011

Texto íntegro

N° 31.176 Fecha: 17-V-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa instruida con motivo del extravío de la patente institucional de la motocicleta fiscal M-4818, de cargo de la 3 a Comisaría Alto Hospicio, bajo la custodia del funcionario de esa institución policial, señor nombre reservado, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél.

Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 4 de agosto 2010, en circunstancias que el indicado funcionario, junto a otros servidores, cooperaba en la búsqueda de una persona perdida, realizando diversos patrullajes por lugares de difícil acceso del sector Caleta Buena, en la comuna de Alto Hospicio, se extravió la patente de la referida motocicleta, efectuando con posterioridad su búsqueda, sin que ésta fuese encontrada.

La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, según el oficio N° 3.492, de 2010, del Departamento de Transportes, que rola a fojas 56 de autos, asciende a la suma de $1.600 más IVA.

Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor nombre reservado, por el extravío de la patente institucional de la motocicleta M-4818.

nombre reservado

Contralor General de la República