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Derecho público chileno

DictamenN° 30.863 de 201625 abr 2016

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
25 de abril de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 30.863 de 2016

Texto íntegro

N° 30.863 Fecha: 25-IV-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en los furgones fiscales Z-5285 y Z-5288, conducidos por sus funcionarios, señores nombre reservado y nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 17 de octubre de 2015, esos servidores, acompañados de otros empleados, concurrieron en los referidos móviles hasta la intersección del Pasaje Los Rosales con calle Cooperación, en la comuna de Pudahuel, lugar en el cual sorprendieron a un grupo de individuos que ingerían alcohol en la vía pública, y en el instante en que procedían a su fiscalización, fueron atacados por pobladores del sector con piedras y otros objetos contundentes, resultando esos vehículos policiales con sus vidrios quebrados.

Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según los certificados N°s 523 y 524, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, ascendieron a la suma total de $277.508, siendo dichas especies reparadas y dadas de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores nombre reservado y nombre reservado, por los daños causados en los furgones fiscales Z-5285 y Z-5288.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República