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Derecho público chileno

DictamenN° 30.837 de 201625 abr 2016

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
25 de abril de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 30.837 de 2016

Texto íntegro

N° 30.837 Fecha: 25-IV-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa realizada con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-1589, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, como asimismo por el extravío de las esposas de seguridad que estaban bajo la custodia del señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 19 de enero de 2014, mientras ambos empleados realizaban un patrullaje preventivo por calle Santa Ana, en la comuna de Lo Espejo, divisaron a un automóvil particular que no respetaba las señales del tránsito, por lo que iniciaron su persecución, y al llegar a la intersección de las calles 22 Sur con La Habana, el chofer de ese último vehículo chocó al referido furgón, siendo aprehendido, momento en el cual un grupo aproximado de 20 individuos se abalanzó sobre el personal policial, arrebatándoles el detenido, quien se dio a la fuga portando el aludido implemento de seguridad.

Los deterioros causados al furgón policial, según el certificado N° 490, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $50.000, siendo esa móvil reparado y dado de alta para el servicio.

Por su parte, el valor de las esposas, acorde con lo informado en el documento electrónico N° 33896517, de 2015, del Departamento Armamento y Municiones, era la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $15.950, a la data de su extravío), determinando esa misma unidad, a través de su orden N° 135, de 2015, dar de baja esa especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños producidos en el furgón fiscal Z-1589, como asimismo al señor nombre reservado, por el extravío de las esposas de seguridad.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República