Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 2 de mayo de 2014
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Carab, exoneración responsabilidad civil, daño vehículo fiscal
- Cita
- Dictamen N° 30.728 de 2014
Texto íntegro
N° 30.728 Fecha: 02-V-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-3346, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación acompañada, aparece que el día 11 de julio de 2013, el aludido servidor, junto a otro empleado, concurrieron en el referido vehículo hasta la Ruta Q-050, a la altura del Km. 53 de esa vía, en la comuna de Concepción, lugar en el que un grupo de pobladores efectuaba desórdenes, y mientras realizaban labores de control del tránsito vehicular, fueron atacados por algunos manifestantes, quienes les lanzaron piedras y otros objetos contundentes, resultando el móvil con un vidrio quebrado y abolladuras en su carrocería.
Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 71, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $120.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en la documentación tenida a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los deterioros ocasionados en el automóvil fiscal RP-3346.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante