Solicitud de abstención de toma de razón del Plan Regulador Intercomunal Costero de Tarapacá
- Fecha
- 20 de abril de 2015
- Fuentes legales
- Pol art/98
- Descriptores
- Contraloría General de la República, funciones
- Cita
- Dictamen N° 30.657 de 2015
Resumen
El acto ya había sido representado por no ajustarse a derecho mediante oficio de la Contraloría Regional de Tarapacá, tras las observaciones de la División de Infraestructura y Regulación y el análisis de las consideraciones del recurrente.
Sumario de la Contraloría
Sobre presentación relativa a la resolución N° 105, de 2014, del Gobierno Regional de Tarapacá
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 19.145 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 30.657 Fecha: 20-IV-2015 Se ha dirigido a esta Entidad de Control, don nombre reservado, en representación, según indica, de Río Seco S.A., quien solicita se abstenga de tomar razón del instrumento individualizado en el rubro, que promulga el Plan Regulador Intercomunal Costero de la Región de Tarapacá, comunas de Iquique, Alto Hospicio y Huara.
Sobre el particular, cabe señalar que el acto administrativo mencionado en el epígrafe ha sido representado, por no ajustarse a derecho, mediante el oficio N° 1.255, de 2015, de la Contraloría Regional de Tarapacá -cuya fotocopia se adjunta-, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales consagradas en los artículos 98 y siguientes de la Carta Fundamental y en la ley N° 10.336, en base a las observaciones realizadas por la División de Infraestructura y Regulación de esta Sede de Fiscalización contenidas en su oficio N° 19.145, del presente año, y previo análisis, también, de las consideraciones formuladas por el recurrente.
Transcríbase a la Contraloría Regional de Tarapacá.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe División de Infraestructura y Regulación