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Derecho público chileno

DictamenN° 30.544 de 201520 abr 2015

Exoneración de responsabilidad civil por muerte de un bien fiscal bajo custodia funcionaria

Fecha
20 de abril de 2015
Materia
Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General de la República, condonaciones, facilidades, reintegros y exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 30.544 de 2015

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil a los funcionarios, al constatar que la muerte del animal no fue atribuible a su culpa o negligencia, conforme al artículo 62 de la ley N° 10.336.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 30.544 Fecha : 20-IV-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo realizado con motivo de la muerte de la yegua fiscal Ainil, que estaba bajo el cuidado de sus funcionarios, señores nombre reservado y nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que, en la documentación adjunta, aparece que el día 30 de agosto de 2014, en el instante en que esos servidores se dirigían al potrero de la Tenencia Antuco, se percataron que el mencionado animal se encontraba tendido en el suelo con fracturas expuestas en los miembros delanteros, sin que tal hecho fuese atribuible a terceras personas, por lo que solicitaron la concurrencia de un médico veterinario, quien, ante la gravedad de dichas lesiones, dispuso la eutanasia de ese caballar.

Enseguida, consta del certificado del Departamento Fomento Equino L.4., de fecha 4 de marzo de 2015, que el avalúo del animal fiscal era la suma de $3.500.000.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores nombre reservado y nombre reservado, por la muerte de la yegua fiscal Ainil.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante