Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 30.296 de 201430 abr 2014

Representa la Resolución N° 6, de 2014, de la Dirección de Vialidad, Región Metropolitana

Fecha
30 de abril de 2014
Materia
Obras públicas y concesiones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 75/2004 MOOPP art/169
Descriptores
multa técnica, base de cálculo, obra pública
Cita
Dictamen N° 30.296 de 2014

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 30.296 Fecha: 30-IV-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 6, de 2014, de la Dirección de Vialidad, Región Metropolitana, que aprueba la liquidación final del contrato “Conservación Periódica Recapados, Provincia de Melipilla, Sector Sur, Región Metropolitana”, por cuanto, para la determinación del reajuste pagado por concepto de la multa técnica cursada en el estado de pago N° 9, si bien se utilizaron los índices que comunica oficialmente la Dirección de Planeamiento -de acuerdo a lo previsto en el punto 7.14.3 de las bases tipo, aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas-, no se advierten las razones y los argumentos jurídicos por los cuales en la resolución exenta N° 835, de 2012, de la aludida Dirección de Planeamiento, se dispuso que en el caso del acero el cálculo respectivo se efectuara sobre la base del valor del Índice de Precios al por Mayor asignado a dicho insumo en el mes de septiembre de 2011, y no el valor del último mes informado conforme a dicho índice, correspondiente al mes de diciembre de ese año.

Por otra parte, cumple con hacer presente que se deberán adoptar las medidas que correspondan para que, en lo sucesivo, las actuaciones que debe realizar la Administración, luego de terminadas las obras, se lleven a cabo oportunamente; y para que los actos administrativos que dispongan la devolución de las retenciones se dicten una vez efectuada la recepción provisional, en conformidad con lo preceptuado en el artículo 169 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Publicas.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación