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Derecho público chileno

DictamenN° 29.938 de 201429 abr 2014

Exoneración de responsabilidad civil por daños a motocicleta fiscal conducida por funcionaria de Carabineros

Fecha
29 de abril de 2014
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Carab, exoneración responsabilidad civil, daño vehículo fiscal
Cita
Dictamen N° 29.938 de 2014

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil a la funcionaria, pues no se acredita que el perjuicio al patrimonio fiscal se deba a su actuar imprudente, sin perjuicio de eventual responsabilidad penal o infraccional.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 29.938 Fecha: 29-IV-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo realizado con motivo de los daños ocasionados a la motocicleta fiscal M-3350, conducida por su funcionaria, señora nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerada de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe señalar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 16 de diciembre de 2011, esa servidora se desplazaba en la referida motocicleta por la Avenida Libertador Bernardo O'Higgins, y al ingresar a la intersección con la Avenida Ejército Libertador, en la comuna de Santiago, fue colisionada por un taxi particular que se desplazaba por esa última arteria, sin que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 210, de 2011, pudiese establecer técnicamente cuál de los participantes accedió al cruce de vías enfrentando luz roja del semáforo, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Centro Norte.

Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 33, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $1.800.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 10, de 2014, dar de baja esa especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, no se encuentra fehacientemente acreditado que el perjuicio al patrimonio fiscal sea consecuencia de un actuar imprudente de la señora nombre reservado, se ha estimado, acorde con lo concluido en el dictamen N° 52.489, de 2013, de este origen, procedente exonerarla de responsabilidad civil por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-3350; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle a la interesada en el hecho descrito.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante