Bono de reconocimiento de la ley N° 18.458 para exfuncionario de Carabineros
- Fecha
- 11 de agosto de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 18458 art/4
- Descriptores
- seguridad social, bono de reconocimiento
- Cita
- Dictamen N° 29.799 de 2017
Resumen
Se deja sin efecto el dictamen anterior que negaba el derecho al bono de reconocimiento por imposiciones en la Dirección de Previsión de Carabineros, en cumplimiento de un fallo de la Corte Suprema.
Sumario de la Contraloría
Deja sin efecto dictamen N° 41.517, de 2016, de este origen
Relaciones
Este documento se refiere a
- Reconsidera Dictamen N° 41.517 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 29.799 Fecha: 11-VIII-2017 Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el fallo de la Excma. Corte Suprema, de 25 de mayo de 2017, en causa Rol N° 99.968-2016, cuyo cúmplase ha sido ordenado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago con fecha 6 de julio del año en curso, se procede a dejar sin efecto el dictamen del rubro, por el cual se informó que no le asistía a don nombre reservado, el derecho a obtener el bono de reconocimiento previsto en el artículo 4° de la ley N° 18.458, representativo de las imposiciones que mantiene en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, por su desempeño en esa Institución Policial.
Transcríbase a la Dirección de Carabineros de Chile, a efectos de que esa entidad arbitre las medidas que en consecuencia correspondan.
Transcríbase, asimismo, a la Superintendencia de Pensiones.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República