Prescripción de la asignación por cambio de residencia en Carabineros de Chile
- Fecha
- 28 de noviembre de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Dfl 2/68 CARAB art/46 lt/d, Ley 18834 art/98 lt/d, Ley 18834 art/99
- Descriptores
- Carabineros, asignación por cambio de residencia, prescripción
- Cita
- Dictamen N° 29.631 de 2018
Resumen
Se desestima la pretensión del recurrente, exfuncionario de Carabineros de Chile, porque el plazo de seis meses para cobrar la asignación por cambio de residencia se encontraba vencido al momento de su presentación.
Sumario de la Contraloría
Pago de la asignación por cambio de residencia en Carabineros de Chile, prescribe en seis meses desde que se hizo exigible
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 21.349 de 2019
- Aplica Dictamen N° 31.014 de 2018
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 32.071 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 29.631 Fecha: 28-XI-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, para reclamar, según entiende esta Entidad Fiscalizador, el pago de la asignación por cambio de residencia que se le adeudaría producto de los traslados que indica.
Al respecto, cabe señalar que el artículo 46, letra d), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, dispone que la referida asignación se otorgará de acuerdo a la ley aplicable al personal de la Administración Civil del Estado.
En este sentido, el artículo 98, letra d), de la ley N° 18.834, prescribe, en lo que interesa, que la asignación por cambio de residencia se concederá al funcionario que, para asumir el cargo, o cumplir una nueva destinación, se vea obligado a cambiar su residencia habitual.
Luego, es útil indicar que el artículo 99 de la citada ley N° 18.834, prevé que el cobro del estipendio de que se trata, prescribe en seis meses contados desde la fecha en que se hizo exigible, tal como se precisó en el oficio N° 32.071, de 2017, de este Organismo Contralor, entre otros.
Ahora bien, de la documentación tenida a la vista, aparece, por una parte, que el señor nombre reservado se encuentra en retiro temporal desde el día 1 de noviembre de 2017, fecha de su renuncia voluntaria y, por la otra, que los traslados por los cuales no habría recibido la asignación por cambio de residencia que reclama, se produjeron durante su permanencia en Carabineros de Chile, esto es, con anterioridad a su desvinculación, encontrándose a la fecha de su presentación ante esta Contraloría General -8 de noviembre de 2018-, vencido con creces el mencionado plazo de seis meses, razón por la cual se desestima su pretensión.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República